
Despido Improcedente: ¿Qué debes saber?
Si te han despedido o la empresa para la que trabajas ha finalizado unilateralmente el contrato y no estás conforme, puedes impugnarlo. Para ello, el primer paso es presentar lo que se conoce como Papeleta de Conciliación para que la administración convoque a empresario y trabajador y se intente llegar a un acuerdo extrajudicialmente. Si el acuerdo no se alcanza, se abre paso a la vía judicial en la que habrá que presentar la oportuna demanda para impugnar el despido.
Vayamos por partes y veamos lo que deberías saber si éste es tu caso:
1.- Conceptos: Hay tres conceptos que debes tener muy claros cuando te despiden:
- La carta de despido: Es la carta en la que se detallan las causas del despido. La obligación del empresario es avisarte con 15 días de antelación al despido (salvo que sea un despido disciplinario). Deben comunicártelo por escrito, mediante la correspondiente carta. Lo más importante de este documento es la fecha, que debe ser la del día que te la entregan, porque los trámites que inicies después tendrán como referencia esta fecha. Si no estás de acuerdo con el despido, aconsejamos que escribas un “no conforme” con el fin de asesorarte bien con un Abogado e incluso de iniciar una reclamación posterior, si fuera necesario.
- El finiquito: El finiquito es la liquidación de las cuentas que tiene pendientes la empresa contigo (trabajador). Si te quedan días de vacaciones por disfrutar o alguna paga pendiente deben hacer el cálculo de la parte proporcional hasta la fecha y abonártelo. Igualmente te aconsejamos que lo firmes con un “no conforme” pues te permitirá asesorarte bien con un Abogado, y no perder la oportunidad de reclamar posteriormente. Además, añade también “cantidades no recibidas” en caso de que no te paguen todo lo que te corresponde en el momento. Tienes el plazo de hasta un año para reclamar las cantidades que deberían haberte pagado.
- La indemnización: Sólo corresponde al trabajador si el despido es declarado improcedente o si es un despido objetivo. La indemnización correspondiente consisten en abonar “x” días trabajados por año de servicio, dependiendo del tipo de despido.
2.- Pasos a seguir si no estás de acuerdo con tu despido:
Debes tener presente lo siguiente:
Certificado de empresa. Es el documento que informa al SEPE de que has sido despedido y la causa. Este documento es importante que lo tengas porque te permitirá cobrar la prestación por desempleo, si tienes derecho a ello.
Demanda de conciliación. Si no estás de acuerdo con las causas del despido que alega la empresa, debes presentar la demanda de conciliación (lo que se conoce como la Papeleta de Conciliación) en el plazo de 20 días hábiles desde la fecha del despido. Llegados a este punto es cuando deberías acudir a un Abogado que te asesore para llevar a cabo este trámite.
Prestación por desempleo. Deberías inscribirte como demandante de empleo, entre otras cosas, a efectos de prueba para una posible demanda.
3.- Calificación del despido:
El despido podrá ser declarado de tres formas posibles:
Despido procedente: Implica que el despido se hizo correctamente y que las causas que lo motivaron estaban suficientemente justificadas por el empresario.
Despido nulo: Declara que la causa del despido violaba derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador, era discriminatorio, estaba relacionado con el disfrute de los derechos de maternidad y conciliación de la vida familiar, entre otras.
Despido improcedente: Hay dos causas que generan la declaración de improcedencia de un despido:
porque las razones alegadas por el empresario no justifican suficientemente el despido.
porque no se cumplieron los requisitos formales exigidos legalmente.
4.- Efectos de la declaración de improcedencia del despido: Readmitir o Indemnizar al trabajador, a elección del empresario/empresa.
Si se opta por el pago de la indemnización, una vez que se paga la misma, la relación laboral con la empresa cesa y el trabajador ya se encuentra en situación legal de desempleo, por lo que si tienes las cotizaciones suficientes acumuladas, podrás solicitar la prestación por desempleo.
En estos casos, el interés del trabajador será el de asegurarse de cobrar la indemnización a que legalmente tiene derecho. Para ello, deberás contactar con un Abogado especialista en Despidos Improcedentes. En nuestro despacho te asesoraremos para asegurarte la solución más satisfactoria para ti. ¡¡¡Llama ahora mismo!!!.
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