
La importancia de hacer testamento. Especial referencia al Cuaderno Particional e Impugnación de la herencia
Cada vez es más frecuente los clientes que acuden a nuestro despacho para hacer testamento. Los conflictos familiares están a la orden del día y el testador debe dejar todo bien atado a la hora de disponer sus bienes entre sus herederos.
1.- El Testamento:
Toda herencia tiene una masa patrimonial (“caudal relicto”) que se divide en tres partes, y son: el tercio de legítima estricta, el tercio de mejora y el tercio de libre disposición. Para que toda herencia sea válida ha de respetarse la legítima estricta que les corresponda a los herederos forzosos del causante.
Lo más común es que el testador reparta su herencia a partes iguales entre los herederos de tal forma que, caso de tratarse de 3 hermanos, salgan cada uno de ellos a un tercio del caudal relicto (33,3%). El problema radica en que el testamento únicamente dispone del porcentaje que corresponde a cada heredero pero no del bien o bienes en concreto que les puedan corresponder. Para determinar los bienes que corresponden a cada heredero en función del porcentaje dispuesto en el testamento, deberás acudir a un Abogado que se encargue de elaborar un Cuaderno Particional.
2.- El Cuaderno Particional:
El cuaderno particional será elaborado por un Abogado en su función de Contador-Partidor. La función principal del contador-partidor es adjudicar los bienes, si puede ser en lotes enteros, a cada heredero con el límite de respetar las legítimas, los legados para el caso que los hubiere, y los porcentajes de repartición de la herencia dispuestos por el testador.
En nuestro despacho recomendamos hacer Testamento así como Cuaderno Particional a los efectos de conocer los herederos la parte del caudal hereditario que les corresponde pues mediante el cuaderno particional los herederos se adjudican los bienes de la herencia evitando así posibles conflictos en el futuro.
3.- Impugnación de la herencia:
Toda herencia se puede impugnar por el heredero que no esté de acuerdo. Uno de los motivos para impugnar la herencia es demostrar que ha habido un “vicio en el consentimiento” otorgado para el caso de que se hubiera firmado un documento entre los herederos para repartir los bienes del caudal hereditario.
Asimismo, la herencia puede impugnarse si en el Cuaderno Particional no se han respetado las legítimas u otros derechos de los herederos, o bien no se haya procedido a la repartición de los bienes siguiendo las instrucciones que el causante haya dejado reflejadas en su testamento.
Así pues, hay todo un arsenal de motivos para impugnar una herencia si no estamos de acuerdo con la misma. Para ello, deberás acudir a un Abogado especialista en Herencias y Derecho Sucesorio. En nuestro despacho somos Abogados Contadores-Partidores a los efectos de elaborar un Cuaderno Particional y adjudicar los bienes del caudal hereditario entre los herederos. También somos Abogados especialistas en Herencias obteniendo unas elevadas tasas de éxito para nuestros clientes en caso de impugnaciones de herencias y demás derechos sucesorios.
Si estás en un caso similar, llámanos. Puedes ponerte en contacto llamando al 618 16 80 42 o enviando un correo electrónico a info@blancoyandresabogados.com. Llámanos ya mismo, se trata de tus derechos!!
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