Qué hacer si quieres una Reducción de Jornada Laboral

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Cada vez es más frecuente las solicitudes de reducción de jornada, entre otros motivos, por la deficiente y escasa regulación legal que existe en nuestro país sobre la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

La reducción de jornada está regulada en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores y puede darse por varios motivos. La reducción de jornada por cuidado de un familiar tiene que cumplir una serie de requisitos para que sea válida, y son:

  • Que se trate de hijo menor de 12 años de edad.
  • Que se trate de persona menor de 12 años de edad y de la que se ostente su guarda legal.
  • Que se trate de familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (padres, abuelos, cónyuge,….) que por razones de accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo y que no desempeñen actividad retribuida, es decir, que no perciban ingresos de ningún tipo.
  • Cuidado de un menor de 18 años de edad por razón de cáncer u otra enfermedad grave que requiera de ingreso hospitalario de larga duración y de cuidados permanentes, directos y continuados por razón de su enfermedad y siempre que se trate en este caso de hijo biológico, adoptado, o persona acogida con fines de adopción o de acogimiento permanente. En este supuesto de reducción de jornada por cuidado de familiar por razón de enfermedad grave la reducción de la jornada de trabajo será, como mínimo, de un 50% de la jornada ordinaria diaria.
  • Ostentar la guarda legal de persona que tenga legalmente reconocida la gran invalidez.

¿Puedo elegir, dentro de mi jornada laboral ordinaria, dónde quiero la reducción de jornada?

Sí, es un derecho que tiene todo trabajador que cumpla los requisitos mencionados anteriormente para la reducción de su jornada laboral. Ahora bien, el artículo 37.7 del Estatuto de los Trabajadores establece que el convenio colectivo aplicable al trabajador en cuestión podrá establecer los criterios de concreción de la reducción de jornada en función de las necesidades de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del trabajador y de las necesidades productivas y organizativas de la empresa.

Para dirimir y solucionar las discrepancias surgidas entre el trabajador y la empresa sobre la concreción horaria en que tenga lugar la reducción de jornada, así como, el disfrute de licencias y permisos habrá que acudir a la vía judicial, concretamente en el orden jurisdiccional social, mediante la interposición de la correspondiente demanda. Llegados a este punto, es necesario acudir a un Abogado para interponer la demanda y abrir la vía judicial.

¿Cuánto cobraría de salario durante mi reducción de jornada?

Si bien es cierto que la solicitud de reducción de jornada puede realizarla el trabajador por sí mismo con la empresa donde trabaja, lo recomendable es que ese trámite inicial lo realice un Abogado para mayor tranquilidad del trabajador, pues, en ocasiones, se descuentan conceptos salariales por parte de la empresa y que no deben reducirse dichos conceptos salariales con motivo de la reducción de jornada solicitada. Es decir, el salario del trabajador se verá reducido proporcionalmente en función de su porcentaje de reducción de jornada al que ha optado, si bien hay determinados conceptos salariales que no podrán reducirse con motivo de la reducción de jornada.

¿Me pueden despedir durante mi reducción de jornada o hacerme “mobbing”?

No, pues en virtud del artículo 55. 5, letra b) del Estatuto de los Trabajadores sería un despido nulo de pleno derecho por incurrir en causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la ley, o por haberse producido con violación de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador. El despido nulo tiene la consecuencia inmediata de readmitir al trabajador en las mismas condiciones laborales que ostentaba antes de producirse el despido, con el abono de los salarios dejados de percibir.

Si quieres solicitar la reducción de tu jornada laboral puedes ponerte en contacto con nuestro despacho de Abogados especialistas en derecho Laboral. Te asesoraremos y velaremos en todo momento por la situación más conveniente para ti. Llámanos al 618 16 80 42 y te atenderemos encantados.

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Borja Patrón Soriano
Borja Patrón Soriano
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