Trámites para interponer una Denuncia/Querella en el Juzgado con motivo de un delito

Cuando una persona ha sido víctima de un delito, no importa el tipo que sea, de cualquier clase de delito, lo primero que debe hacer es informarse sobre los pasos a seguir. Para ello, deberá acudir a un Abogado de su confianza que le asesore y le guíe en todo el ínterin del procedimiento a seguir.

Cada vez es más frecuente la comisión de determinados tipos delictivos como son los delitos cibernéticos, los delitos que atentan contra la propiedad intelectual, los delitos contra la libertad e indemnidad sexual, delitos de apropiación indebida, etc. Esto provoca que el sujeto pasivo del delito en cuestión se plantee denunciar en la vía judicial. Para ello debemos tener en cuenta una serie de consideraciones:

1.- Plazo de prescripción para interponer la denuncia/querella:

Los delitos prescriben. El plazo de prescripción de los delitos es mayor cuanto mayor sea la pena impuesta al delito en cuestión, según el artículo 131 del Código Penal. Por ejemplo, prescribe a los 10 años los delitos que llevan aparejada una pena impuesta de 5 a 10 años de prisión o inhabilitación.

El plazo de prescripción se interrumpe cuando se ha incoado procedimiento judicial penal contra el presuntamente responsable del delito cometido, según el artículo 132.2 del Código Penal.

En esta misma línea, doctrina y jurisprudencia del Tribunal Constitucional establece que le mera interposición de una denuncia o de una querella no interrumpe por sí solo la prescripción del delito, corriendo los plazos, y considerando que lo que interrumpe el plazo de prescripción es la incoación del proceso penal contra el presuntamente responsable del mismo.

Dicho esto, el plazo para interponer una denuncia, en caso de delito leve y en los casos de delitos de injurias y calumnias, es de un año desde que se cometieron los mismos. Los delitos de lesa humanidad, genocidio, terrorismo y aquellos delitos contra personas y otros bienes jurídicos protegidos en caso de conflicto armado no prescriben nunca.

2.- ¿Quién puede denunciar?

Cualquier persona que haya sido víctima de un delito puede interponer la denuncia. Asimismo, quien haya presenciado los hechos que se quieren denunciar también pueden interponer la denuncia. Hay que tener en cuenta que con la denuncia se persigue poner a disposición del juez el conocimiento de unos hechos que entendemos que son denunciables con el fin de que el propio juez investigue dichos hechos objeto de denuncia a los efectos de depurar responsabilidades penales y/o civiles.

3.- La mejor manera de interponer una Denuncia.

Lo más conveniente es interponer la denuncia en el Juzgado (no en Comisaría de Policía) a través de Abogado pues el índice de éxito de la denuncia siempre es mucho más elevado si se interpone por medio de Abogado y en el Juzgado que si el denunciante actúa por su propia cuenta y riesgo. Se ha demostrado que las denuncias interpuestas sin presencia de Abogado tienen unas tasas más elevadas de que la denuncia no prospere por incurrir en casos como: contradicción en las manifestaciones, falta del debido rigor probatorio, contradicción en el relato de los hechos, inexactitudes, falta de prueba, no hacer referencia a testigos que puedan esclarecer los hechos, etc.

Por ello, para asegurarnos de que nuestra denuncia va a prosperar y nos van a dar la razón, lo fundamental es acudir a un Abogado especialista en Derecho Penal para que nos defienda e interponga la denuncia en el Juzgado. Esto es así pues la pieza clave en el procedimiento judicial es la PRUEBA con que contemos para probar los hechos que denunciamos. Para ello, deberás contar con un Abogado que se encargue de la proposición y práctica de la prueba en el proceso judicial a los efectos de obtener una sentencia favorable a nuestros intereses. Por otra parte, también se ha demostrado que las denuncias interpuestas en el juzgado tienen más porcentaje de éxito para que las mismas prosperen que si se interponen en la policía.

Así pues, si estás en un caso como los descritos y quieres interponer una denuncia/querella acude a nuestro despacho de Abogados Penalistas para que se encarguen de tu asunto. En nuestro despacho de Abogados especialistas en Derecho Penal pondremos a tu disposición nuestra extensa experiencia para que la denuncia y el procedimiento judicial derivado de la misma tengan éxito en cuanto a la satisfacción y restitución de tus derechos.

Llámanos al 618 16 80 42 o envíanos un correo electrónico a info@blancoyandresabogados.com explicándonos tu asunto e indicando un número de teléfono.

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Borja Patrón Soriano
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