El divorcio y las medidas paterno filiales

Divorciarse es una cuestión a veces difícil de tomar

Cuando una pareja decide divorciarse hay que tener en cuenta cómo quedan las relaciones con los hijos, caso que los hubiere, y las relaciones económico-patrimoniales.

Una de las preguntas más frecuentes que nos hacen nuestros clientes es la diferencia que hay entre Divorcio y Separación. El Divorcio es la figura más completa que regula la ruptura conyugal pues disuelve el vínculo conyugal, pudiendo los ex cónyuges hacer vidas separadas sin tener que dar cuenta al otro de ninguna circunstancia económica o personal derivada del divorcio. Con la Separación no es así, pues el vínculo conyugal no se disuelve, obligando a los cónyuges a dar cuenta de las relaciones económicas el uno al otro, permaneciendo como si siguieran casados a efectos legales. Por ello, por estos limitados efectos derivados de la Separación, la misma ha caído en desuso siendo que, en la actualidad y desde hace muchos años, cuando un pareja decide poner fin a su vida en común deciden divorciarse.

La principal consecuencia derivada del divorcio es que los cónyuges pueden volver a contraer nuevo matrimonio.

Los artículos 81 y siguientes y los artículos 85 y siguientes del Código Civil regulan la Separación y el Divorcio, respectivamente. Tanto en uno como en otro caso deberá haber transcurrido un plazo de 3 meses desde la celebración del matrimonio para poder divorciarse. Sin embrago, la excepción a esta regla es que concurra riesgo para la vida, la integridad física, la libertad o indemnidad sexual, la integridad moral, etc. respecto del cónyuge demandante, de los hijos en común o de cualquiera de los miembros del matrimonio.

1.- Divorcio Contencioso:

En el divorcio que sigue los cauces del procedimiento contencioso deberá dirigirse la demanda por el cónyuge demandante contra el otro. Asimismo se deberá aportar con la demanda una relación de medidas paterno filiales y económicas/patrimoniales que regirán en el futuro las relaciones entre padres e hijos comunes. Cuando los hijos sean menores de edad o incapacitados deberá personarse como parte el Ministerio Fiscal en el procedimiento de divorcio en cuestión, el cual, manifestará su parecer respecto de las medidas paterno filiales derivadas del divorcio.

2.- Divorcio de Mutuo Acuerdo:

Cuando los cónyuges lleguen a un acuerdo sobre las medidas económicas y paterno filiales que deberán regir en un futuro como consecuencia del divorcio, tendrá lugar el divorcio por los trámites procedimentales del mutuo acuerdo o Divorcio Consensuado. En este caso, también se deberá aportar una propuesta de Convenio Regulador de las relaciones derivadas del divorcio. Dicho Convenio establecerá las relaciones paterno filiales y económico patrimoniales. Asimismo, de concurrir menores de edad o incapacitados deberá personarse igualmente el Ministerio Fiscal, el cual, manifestará su parecer sobre las medidas recogidas en el Convenio Regulador.

3.- Medidas derivadas del Divorcio:

Las medidas paterno filiales más importantes derivadas del Divorcio son: atribución de guarda y custodia, regulación de patria potestad, pensión de alimentos, pensión compensatoria, régimen de visitas, entre las más importantes.

En cuanto a las medidas de carácter patrimonial debemos hacer referencia a la liquidación del Régimen Económico Matrimonial, caso de estar casados en régimen de gananciales, pues se debe liquidar la sociedad ganancial al 50% entres los dos cónyuges. Esta medida no opera respecto a los supuestos en que los cónyuges están casados en régimen de participación o de separación de bienes en los que cada cónyuge es dueño de lo suyo.

Pues bien, lo que queremos destacar en este post es la importancia de redactar un buen Convenio Regulador que recoja todas las medidas derivadas del divorcio de los cónyuges de tal manera que no haya problemas futuros. Asimismo, dichas medidas se podrán modificar en el futuro siempre y cuando el cónyuge que las solicite acredite que concurre lo que la doctrina denomina “alteración sustancial de las circunstancias”tenidas en cuenta cuando se aprobó el divorcio.

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Borja Patrón Soriano
Borja Patrón Soriano
2021-12-07
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Carolina Rodrigo fuentes
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